En un contrato público, buena parte de la puntuación no depende del precio: depende de lo que prometisteis en la oferta técnica. Tiempos de respuesta, frecuencias, planes, medios adscritos. Todo eso deja de ser una promesa el día de la adjudicación y pasa a ser obligación exigible durante la ejecución. Y es justo lo que mira el organismo cuando certifica, cuando penaliza y cuando decide si renueva. Os lo dejamos en una hoja, para que quien lleva el contrato lo tenga delante desde el primer mes.
Criterio por criterio: qué se valoró, cuántos puntos daba y cuáles conseguisteis vosotros. Separado entre lo que era precio y lo que no, porque lo que no era precio es lo que ahora os obliga.
Al lado de cada punto, lo que el pliego pide de verdad: el plazo, la frecuencia, el medio o el documento. Con la referencia de dónde está escrito, para que no haya discusión.
No todos los incumplimientos pesan igual. Marcamos cuáles son penalización económica, cuáles son infracción grave y cuáles son obligación esencial, que es la que puede llevar a resolver el contrato.
La conformidad mensual suele depender de justificar cosas concretas. Señalamos cuáles, para que no se os quede una factura parada por un papel que nadie recordaba.
Está pensado para que lo use el responsable de ejecución, no para que se archive. Cabe en una hoja y se entiende en cinco minutos.
Trabajamos sobre documentación pública del expediente: pliego, informe de valoración y acta de adjudicación. No necesitamos nada vuestro para empezar.
Imaginad un contrato de limpieza de 250.000 €. De los 100 puntos, 49 eran precio y 51 no: un plan de residuos y un tiempo de respuesta ante incidencias. Vuestra empresa se llevó esos 51 puntos, y por eso ganó. Lo que casi nadie mira es la letra siguiente: ese tiempo de respuesta que ofertasteis queda recogido en el pliego como obligación esencial del contrato. Es decir, que fallarlo de forma repetida no es una multa, es una causa de resolución. Ese dato existe, está publicado y está en vuestro expediente. La cuestión es si lo tiene delante quien lleva el contrato el día a día, o si aparece el día que el organismo lo reclama.
Desde 290€ por contrato. El precio depende del tamaño del expediente y de cuántos lotes tenga. Os lo decimos cerrado antes de empezar, y no hay cuota obligatoria.
De documentación pública del expediente: el pliego administrativo, el pliego técnico, el informe de valoración de ofertas y el acta de adjudicación. Todo está publicado en la plataforma de contratación. No os pedimos documentación interna.
Entre 48 y 72 horas desde que confirmáis el expediente.
Para empresas adjudicatarias de contrato público con ejecución continuada: limpieza, mantenimiento, servicios sociales y sociosanitarios, formación, gestión de instalaciones. Tiene más sentido cuanto más peso tuvo lo que no era precio.
Os lo decimos y os lo cobramos igual, porque el trabajo es el mismo: revisar el expediente y comprobarlo. Saber que no hay nada que os pille es exactamente para lo que sirve.